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Calendario de recuperaciones por paro agropecuario

Villa de Leyva, Septiembre 30 de 2013


De:     Rectoría
Para:  Comunidad Educativa
Asunto:  Calendario de recuperaciones por paro agropecuario


El rector de la Institución Educativa Antonio Nariño de Villa de Leyva en uso de las atribuciones legales y teniendo en cuenta:
1.  Que la Secretaría de Educación de Boyacá expidió las resoluciones  Nos. 04876 del 22 de agosto, 04949 del 28 de agosto de 2013 y 098 del 11 de septiembre de 2013 que orientan el proceso a seguir en cada Institución Educativa dependiente de esta sectorial sobre el proceso de recuperación de actividades académicas por los días dejados de laborar por el paro agropecuario realizado en Boyacá.
2.  Que es deber del rector velar por el cumplimiento de la jornada escolar de los estudiantes y jornada laboral de los docentes y calendario escolar establecido por la Secretaría de educación y Ministerio de Educación Nacional.
3.  Que a la fecha la Institución tiene pendientes de recuperar cuatro días dejados de trabajar por el mencionado paro agropecuario.
RESUELVE:
1.  Establecer para todas las sedes y niveles que funcionan en la Institución Educativa y como jornadas de recuperación  los días:

  • Sábado cinco (05) de octubre con horario de martes
  • Sábado 19 de Octubre con horario del miércoles
  • Lunes 04 de noviembre con horario de jueves 

2. Recuperar el cuarto día teniendo en cuenta la siguiente distribución:
  • En Sexta hora (Primaria) en programación propuesta por los docentes a coordinación con horario del viernes.
  • En séptima hora (Bachillerato) se programará la recuperación del cuarto día con horario de viernes.
 3.  A 30 de noviembre todos los docentes deben estar a paz y salvo en recuperaciones para la correspondiente relación de novedades.

Dada en la Rectoría del colegio a los 30 días del mes de septiembre del año 2013


Alfonso Molano Guio
Rector